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Agente del Ministerio Público Federal lo encontró responsable del delito contra
la biodiversidad establecido en el Artículo 420 fracción IV del Código Penal
Federal
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PROFEPA, en coordinación con elementos de la Secretaría de Marina (SEMAR) y la
Comisión Nacional de Pesca (CONAPESCA) remitió al detenido ante el MPF con sede
en Mexicali; acción emprendida en el
marco del Programa Integral para la atención del Alto Golfo de California
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Inspeccionado no presenta documentación que acreditara legal procedencia de
producto
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Los organismos asegurados corresponden a Spondylus calcifer, especie
enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010
El Ministerio Público Federal, con
sede en Mexicali, Baja California, consignó ante un Juez Federal a 1 persona
que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) puso a su
disposición por no acreditar la legal procedencia de aproximadamente 18 kg. de
“callo escarlopa”, especie listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
El Agente del MP actuante lo consignó ante
un Juez Federal por incurrir en delito contra la biodiversidad establecido en
el Artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal, pudiendo alcanzar de 1 a
9 años de prisión y una multa de 300 a 3,000 días de salario mínimo vigente en
el Distrito Federal.
Lo
anterior, independientemente de las sanciones que en materia de vida silvestre
le imponga la PROFEPA conforme a la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).
La Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente (PROFEPA) remitió al Ministerio Público Federal (MPF) con sede en
Mexicali, Baja California, a 1 persona
previamente detenida, en coordinación con la Secretaría de Marina (SEMAR) y la
Comisión Nacional de Pesca (CONAPESCA), en posesión de 18 kilogramos de callo
escarlopa (Spondylus calcifer).
El
aseguramiento del producto marino y el vehículo, así como la detención del sujeto, se registró por no presentar éste la autorización correspondiente que acreditara la procedencia
legal de aproximadamente 18 kg. de callo escarlopa.
La
acción conjunta se implementó en el marco del Programa Integral para la
atención del Alto Golfo de California, y en atención a un reporte recibido por
la PROFEPA que derivó en la instalación de un punto de revisión en la salida
sur de la localidad de San Felipe con dirección a Puertecitos.
De
acuerdo con el Código Penal Federal, se impondrá pena de uno a nueve años de
prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa, a quien ilícitamente “realice cualquier actividad con fines de
tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga
del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos
genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas
en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a
protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México
sea parte
Cabe
destacar que la Spondylus calcifer es una especie enlistada como “Sujeta a
Protección Especial” en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
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